LISTADO DE REQUISITOS PARA
REVISIÓN DE MINUTA DE AMPLIACIÓN y/o MODIFICACIÓN DE LAS BASES CONSTITUTIVAS DE
IGLESIA EVANGÉLICA
1. Presentar en la Dirección
de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobernación, solicitud dirigida al señor
(a) Ministro (a) de Gobernación, donde comparece la persona facultada
(Presidente del Consejo Directivo y Representante Legal) para realizar las
gestiones, debe contener los siguientes requisitos:
a.
Nombre y apellidos completos, edad, estado civil, nacionalidad, profesión u
oficio, domicilio, Documento Personal de Identificación (DPI) número de CUI- e
indicar la calidad con que actúa, así como dirección, número telefónico y
correo electrónico para recibir citaciones y notificaciones.
b. Solicitar
revisión de la minuta de ampliación y/o modificación de las bases constitutivas
de la iglesia denominada ______________ (establecer en todo escrito, tal y como
está inscrita en el Registro de Personas Jurídicas –REPEJU- del Ministerio de
Gobernación).
2. Documentos que se deben
acompañar (en fotocopia simple):
a.
Certificación del acta de Asamblea General (Ordinaria o Extraordinaria) o Acta
Notarial en la que se acuerda la ampliación y/o modificación de las bases
constitutivas de la Iglesia y faculta al Presidente de la Junta Directiva y
Representante Legal de la Iglesia para que comparezca ante Notario (a) a
suscribir el instrumento público. (de fecha reciente).
b.
Certificación de inscripción de la Iglesia extendida por el Registro de las
Personas Jurídicas – REPEJU- del Ministerio de Gobernación (de fecha reciente).
c.
Acta notarial de nombramiento vigente como Presidente de la Junta Directiva y
Representante Legal de la Iglesia, con la razón de inscripción en el Registro
de las Personas Jurídicas – REPEJU- del Ministerio de Gobernación (de fecha
reciente).
d.
Constancia de novedad extendida por la Subdirección Administrativa de este
Ministerio, si el objeto fuere modificar la denominación de la iglesia.
e.
Testimonio de la escritura pública de constitución de la iglesia. (si ésta
tiene ampliación o modificación, adjuntar copia de las mismas, antecedentes del
expediente o indicar número de expediente).
f.
Providencia, Acuerdo Gubernativo o Ministerial, de autorización de la iglesia.
Fundamento Legal: Artículos
28, 36, 37 de la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículos
15 No. 1, 16, 17, 24, 38, 1578 del Código Civil, Artículos del 6, 9 del Acuerdo
Gubernativo No.263-2006 Disposiciones para la obtención del reconocimiento de
la personalidad jurídica de las Iglesias Evangélicas, artículos del 1 al 6 de
la Ley de lo Contencioso Administrativo, Decreto 119-96 del Congreso de la
República; artículos 27 “m” y 36 “b” de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto
114-97 del Congreso de la República; Acuerdo Ministerial 496-2001, del 28 de
mayo de 2001 que contiene el control e inspección de entidades no lucrativas y
Acuerdo Ministerial 17-2012 del 13 de enero de 2012 que contiene reforma al
artículo 1 del Acuerdo Ministerial 496-2001, del Ministerio de Gobernación y
otras leyes atinentes
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